domingo, 20 de febrero de 2011

La Declaración Sucesoral y Sus Requisitos

La Declaración Sucesoral, es un trámite que realizan familiares de fallecidos, sobre el reconocimiento de propiedades y bienes que pertenecían al difunto ante el Seniat; se trata de un acto obligatorio para poder disponer de esas propiedades. El plazo de los familiares para presentar la declaracion sucesoral es de ciento ochenta (180) días, habiles contados a partir de la apertura de la sucesion, es decir, a partir del fallecimiento del causante; tal como lo establece el articulo 27 de la ley de impuestos, sobre sucesiones, donaciones y demas ramos conexos.

 Los requisitos para presentar la declaracion Sucesoral son los siguientes;

  • Formulario F-32 (Formulario para autoliquidación de Impuesto sobre Sucesiones, se puede adquirir en las oficinas de IPOSTEL), y sus respectivos anexos (Original y dos copias).
  • Original y cinco (5) copias de la planilla de pago del impuesto (en caso de corresponderle).
  • Tres (3) copias de la cedula de identidad y carnet de impreabogado del abogado asistente o apoderado.
  • Original y dos (2) copias de recibo de un servicio público (Luz, agua o telefono).
  • Situacion Fiscal del causante y de los herederos (original y dos copias).
  • Original y dos (2) copias del Acta de Defuncion del causante.
  • Original y dos (2) copias del Acta de Matrimonio y tres (3) copias de la cédula de identidad del cónyugue sobreviviente.
  • Original y dos (2) copias de las Partida de Nacimientos de los descendientes (hijos), tres (3) copias de las cédulas de identidad, y tres (3) copias de los R.I.F.
  • Original y tres (3) copias del documento de propiedad de los bienes descritos en el anexo respectivo.
  • Original y tres (3) copias del documento que soporten los pasivos descritos en el anexo respectivo.
  • Original y dos (2) copias de la Constancia de Residencia.
Cuando se Declaren acciones:
   Se deberá acompañar la situación Fiscal de la empresa, registro de comercio, balance general, estado de ganancias y pérdidas cercanos a la fecha de fallecimiento, para los efectos de establecer el valor real de cada accion, deberá indicar en el anexo 2 el numero de R.I.F y dirección exacta de la empresa.

Cuando sean Firmas Personales:
Deberán ser acompañados balance general y estados de ganancias y pérdidas, o en su defecto, inventario de los bienes de la empresa firmado por un contador publico.

Cuando se Declaren Bienes Litigiosos:
Copia del libelo de la demanda, y situación en que se encuentra el juicio oficiado por el juez de la causa.

NOTA: Los documentos (titulos de propiedad) deben ser presentados en original y luego de su certificacion seran devueltos.
El formulario de autoliquidacion, debera ser firmado obligatoriamente por un abogado y los datos de los formularios deberan ser transcritos en maquina de escribir y sin enmiendas.

Para Consultas sobre Materia Sucesoral Contactar:
turinconlegal@hotmail.com
0424-916-45-99

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